jueves, 18 de diciembre de 2014

LEY LABORAL JUVENIL  3942/2014


¿Empleo digno?



Estabilidad laboral, un empleo digno, beneficios laborales ¿Por qué los jóvenes no pueden tener las mismas condiciones teniendo un régimen especial?

“Mejorar la empleabilidad y promover la contratación de jóvenes desocupados”.

Según cuadros estadísticos presentados en la ley, los rangos de desempleo de jóvenes entre 18 a 24 años serian en 50% aproximadamente, y se consideran como desocupadas  a las personas que en un periodo mínimo de 90 días no ha tenido registro alguno en la planilla electrónica.
Bajo estos alcances, ¿se estaría evaluando cuanto tiempo aproximadamente cuesta a un joven insertarse nuevamente en el sector laboral? ¿Qué genera una inestabilidad laboral por un tiempo determinado? ¿Qué tipos de ingresos perciben este porcentaje de jóvenes que no están en el registro de la planilla electrónica?

El periodo de prueba en el régimen laboral General o Régimen especial PYME es de 3 meses con evaluación posterior. En este caso para la mayoría de empresas de servicios es más factible generar una rotación de personal en este periodo de prueba, por lo que la mayoría de jóvenes pasan de una empresa a otra en menos de un año.


En caso de los jóvenes estudiantes, se tiene que considerar el requerimiento de las prácticas laborales y los horarios establecidos de estudio. ¿Una ley joven que no tenga en cuenta esto?
En la ley laboral juvenil, no solo establece las 48h semanales, sino que no hace hincapié de las prácticas laborales no remuneradas.  Entonces que les hace pensar que un joven de 18 a 24 años, que va cubrir 48 horas semanales y realizar las mismas funciones de una persona de 25 a más, no pueda merecer los mismos beneficios que cuenta el régimen general.

También se indica capacitación asociada a un descuento fiscal, pero eso está considerando en el porcentaje de responsabilidad social que debe tener toda empresa; sea el régimen que tenga. Porque no se ha considerado el presupuesto para convenios en estudios que debería cubrir las empresas y en ese caso si se consideraría el descuento fiscal por colaboración al crecimiento de la educación en el país.

Por el lado del empleador, se trata de fomentar la formalidad y generar la empleabilidad a personas menores de 24 años.
Como comente en los primeros párrafos, no se trata de la falta de interés de contratar personas jóvenes  con o sin experiencia; sino la rotación por un periodo de prueba que tiene las empresas y resaltamos que el periodo de prueba que presenta esta ley es mínimo de 60 días (2 meses).
Sobre la estabilidad laboral, que garantías tendría el empleador en contratar a un personal en el rango de 23 a 24 años, sabiendo que el plazo del contrato es de 1 año determinado y que por culminación del contrato antes de su vencimiento, se tendría que retribuir una indemnización monto equivalente de 20 remuneraciones diarias por cada mes laborado con una máximo de 120 remuneraciones.

 En caso de renuncia el trabajador no contaría con CTS.

Otros beneficios no considerados, gratificaciones, asignación familiar, seguro de riesgo (opcional).

Regresando a la motivación de generar la formalización en el sector laboral, ¿Qué hace de diferente este nuevo régimen laboral a el régimen especial PYME? Ninguno porque el problema de la pequeña empresa va más allá del alza del precio de los insumos, ya que estos se puede estabilizar con el manejo de precios en el mercado.

El problema no está en la reducción de costos de la mano de obra, si el problema es el factor tributario que no está acorde al régimen que asocia a la pequeña empresa. Se implementa una ley para la reducción de la canasta familiar, sin tener en cuenta que ese ingreso se vuelve a insertar en el mercado de consumo. En cambio un mal manejo de orden tributario ha generado la mortalidad de la pequeña empresa y a la par que depende de la falda de las grandes  trasnacionales que ponen precios establecidos por colocación de sus productos.

 Tener en cuenta que la gran empresa será la mayor beneficiada con esta nueva ley.
Entonces podemos pensar que realmente se beneficia al joven o simplemente es la manera de cubrir una respuesta a los grupos empresariales sobra la caída de los productos.












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